La importancia de registrar la marca de mi empresa


La importancia de registrar la marca de mi empresa

Publicado por ape, el 21/03/2017

La marca es el distintivo por excelencia del producto o el servicio que brinda una empresa. Desempeña la función publicitaria de identificar un producto, permitiendo que el público consumidor lo individualice, distinguiéndolo de otros similares, valorándolo en función de su calidad e informando al usuario sobre su origen.

¿qué clase de beneficios reales obtengo con su registro? ¿Vale la pena hacerlo? ¿Cómo se registra? A continuación brindamos algunas respuestas a estos interrogantes.

Uno de los errores más comunes es confundir el registro de marca con el registro mercantil de la empresa.

Registrar la denominación de tu empresa no significa que estarás protegiendo el nombre o la imagen gráfica de la misma, solo implica que ninguna otra empresa podrá facturar con el mismo nombre comercial que tú.

En cambio, hacer el registro de tu marca, te permite ser el único con derecho a utilizar el nombre o logotipo que registraste.

¿Cuáles son los beneficios de registrar una marca?

Puedes hacer uso exclusivo del nombre y el logotipo.

Eres dueño del valor que genere la marca.

Podrías franquiciar, licenciar o vender tu marca.

¿Puedo registrar mi marca antes de hacer el registro mercantil?

Sí, no es obligatorio tener una empresa registrada para hacer el registro de marca. Posteriormente, podrías hacer una cesión de la marca a la compañía. Lo más importante es proteger el nombre y el logotipo desde el inicio.

¿Cuál es el proceso que debo seguir para registrar mi marca?

Acude a un especialista, que te brindará un servicio integrado de asesoría para laprotección y registro de tus marcas y patentes.

Rellenar Solicitud de Registro hasta que se publica en el BOE, lo cual ocurre unos 4 meses después.

Finalmente, debemos esperar entre 6 y 12 meses más hasta la Concesión de la marca.

cuando debas renovarla. Generalmente, las empresas especializadas son mucho más económicas que contratar a un gestor o a un abogado.

Propiedad de la marca. Nuestro sistema legal reconoce como titular de una marca a quien obtiene el registro de esta. De este modo, obtengo la propiedad exclusiva de la marca y, en adelante, podré disponer libremente sobre ella de acuerdo con mis necesidades y objetivos comerciales.

Protección contra el uso de la marca por terceros. El registro de la marca le concede al registrante el derecho de impedir que cualquier persona utilice una marca idéntica o confundible con la suya, protegiendo de este modo a su clientela del fraude y la confusión.

Transferencias y licencias de uso de la marca.La propiedad de la marca confiere el derechoa venderla a una tercero, en el marco de una transferencia de fondo de comercio o en forma aislada, garantizando al adquirente la legalidad de la transmisión, y evitando responsabilidad por evicción, es decir, por venta de cosa ajena o de la cual no se tiene un derecho de propiedad. A su vez, la titularidad permite a su dueño conceder a un tercero el uso de la marca, licenciándola a cambio de valores económicos, por tiempo determinado.

Valor del intangible.El valor de la marca, entre otras variable económicas, puede incidir notablemente en la determinación del precio de mercado y resulta ser un factor decisivo para la formación de su clientela. El control de los aspectos legales de la marca resulta de gran importancia, ya que permite a la empresa consolidar la fidelidad del usuario o consumidor a través de la preservación de la identidad de los productos.

Duración de la protección.El registro de la marca confiere la propiedad de la marca y su protección por el plazo de 10 años, pudiendo ser renovada en forma indefinida, por iguales plazos.

El trámite de registro.Se realiza ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (I.N.P.I.), tiene una duración promedio de 12- 24 meses; el solicitante del registro debe constituir obligatoriamente un domicilio especial en la Capital Federal a efectos de las notificaciones que puedan cursársele con motivo del trámite. El organismo publicará la marca para que cualquier tercero que se considere con derecho suficiente pueda objetar su registro; una vez vencidos los plazos para ello, el INPI resolverá sobre la pertinencia de conceder o denegar el registro de la marca.

La asistencia de un profesional.El asesoramiento profesional en esta materia es altamente recomendable, ya que un profesional especialista cuenta con las herramientas técnicas pertinentes para determinar las posibilidades de registro de la marca elegida, cotejándolas con aquellas registradas en el mismo rubro de actividades, acompañando al empresario durante el proceso, interponiendo los recursos administrativos necesarios para que la marca sea concedida por el organismo. El profesional tendrá a cargo el cuidado de la marca, velando para que no sean registradas marcas similares, que puedan sustraer clientela a la empresa.